miércoles, 4 de abril de 2012

Todo sobre los Seguros Solidarios!!!

Buenas Noticias para la comunidad ............



El Seguro Solidario es un Producto diseñado especialmente para las personas que, hasta ahora, no habian tenido la  posibilidad de contratar pólizas con el sector asegurador privado.  En estos momentos está conformado por POLIZA DE SALUD, ANEXO DE COBERTURA DE MATERNIDAD,  POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES Y POLIZA DE SERVICIO FUNERARIO, los cuales se ofrecen  a cambio de primas solidarias,  ya que éste  ES UNO DE LOS APORTES QUE CARACTERIZAN EL ASPECTO SOCIAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, y es  que según lo establecido en  la Ley de la Actividad Aseguradora  las empresas de Seguros deben ofrecer al público las  pólizas de seguros  solidarios, ajustándose a lo establecido en nuestra Constitución Bolivariana, ofreciendo la posibilidad de la inclusión de personas que padezcan algún tipo de discapacidad, personas con menor capacidad de pago, personas con alguna enfermedad declarada, personas pertenecientes a la tercera edad, los jubilados y jubiladas, los pensionados y pensionadas; es decir  los Seguros Solidarios están dirigidos a los denominados grupos vulnerables y responden a la  necesidad de protección social de esta población especifica. Podrán incluir en su póliza a todos los  familiares que  dependan  económicamente del contratante.



Es importante señalar que los seguros solidarios  funcionaran como cualquier otra póliza, será un contrato de seguros que se  basará en la información de la solicitud de seguros que debe llenar el contratante, el asegurado al momento de necesitar atención médica se dirigirá a la clínica y será atendido al dar sus datos personales; por lo tanto es  importante recordar  que los solicitantes al momento de  llenar la solicitud respectiva, deben dar la información exacta y detallada sobre su salud durante toda su vida, de esta manera garantizan que su póliza será emitida con puntos claros  y no tendrán inconvenientes en el futuro.



En lo que se refiere a la póliza de Seguro Solidario de Hospitalización y Cirugía, los asegurados tendrán derecho a la cobertura de tratamientos médicos y/o cirugías  previstos  en la póliza  una vez transcurridos los plazos de espera: La atención requerida por accidentes será de inmediato  bajo esta póliza, pero la atención por enfermedades  está sujeta  a  plazos de espera,  que según la CLÁUSULA 7.  son los siguientes:

".. 7.1. Cuatro (4) meses para las siguientes enfermedades no infecciosas de resolución por tratamiento no quirúrgico: Colecistopatía, Diabetes Mellitus, Insuficiencia Renal Crónica, Osteoporosis, Osteoartritis, Enfermedad Broncopulmonar Obstructiva Crónica, Enfermedad Ulcero Péptica e Hipertensión Arterial Crónica.

7.2. Ocho (8) meses para las siguientes enfermedades no infecciosas de resolución quirúrgica: Mastectomia, Patologías Tumorales de las Glándulas Mamarias, Hipertrofia de Cornetes, Cataratas, Síndrome Varicoso, Hemorroides, Colédoco-litiasis, Hernias no Congénitas, Litiasis de las Vías Biliares, Litiasis de las Vías Urinarias, Enfermedad Diverticular, Hiperplasia Prostática Benigna, Varicocele, Osteoartritis, Enfermedad de Ligamentos, Fímosis y Parafímosis, Síndrome del Túnel del Carpo y Vicios o Defectos de Refracción.

7.3. Diez (10) meses para las enfermedades del aparato reproductor femenino (ginecológicas u obstétricas) que requieran intervención quirúrgica.

7.4. Once (11) meses para las enfermedades preexistentes.  ......."


Estos seguros están a la disposición de la comunidad desde el 20 de Marzo de 2012, aquí puedes ver las tarifas generales decretadas por nuestra Superintendencia de la Actividad Aseguradora, es decir que los costos son los mismos en todas las compañias aseguradoras .

El Monto de Cobertura es ùnica por evento y año póliza, es decir durante el año de vigencia de la póliza  cada enfermedad  diagnosticada  que tenga el asegurado estará cubierta hasta por Bs. 30.000,00;  si una vez recuperado de dicha enfermedad,  le repite en ese año póliza la misma enfermedad su cobertura será la Suma Asegurada (Bs. 30.000,00) menos los gastos incurridos en el siniestro anterior; en caso que sufra otra enfermedad en ese mismo año póliza entonces tendrá cobertura íntegra de Bs. 30.000,00 para esa nueva enfermedad. Las PRIMAS  a pagar por los Seguros Solidarios de Hospitalizacion y Cirugia  dependen de la edad de los asegurados.



Aquí tienes la Prima de los Seguros Solidarios de Hospitalización y Cirugía.




Aquí  ubicas tu edad y tienes la Prima de los Seguros Solidarios de Hospitalización y Cirugía. la cual puedes pagar anual, semestral, trimestral o mensualmente si asi lo prefieres. Ubícate

SUMA ASEGURADA (Bs.)
30.000,00
EDADES
PRIMA SOLIDARIA (Bs.)
(AÑOS)
ANUAL
SEMESTRAL
TRIMESTRAL
MENSUAL
00-65
2.889
1.445
722
241
66-70
3.756
1.878
939
313
71-75
4.334
2.167
1.083
361
76-80
5.056
2.528
1.264
421
81-85
5.778
2.889
1.445
482
86-90
6.501
3.250
1.625
542
91 y más
7.223
3.611
1.806
602



Como ya les explique anteriormente, además se ofrece la cobertura de Maternidad, Cobertura de Accidentes Personales y cobertura de Seguros Funerarios, con primas adicionales por cada una de dichas coberturas, seran calculadas segun las siguientes tarifas:




TARIFA DE COBERTURA DE MATERNIDAD

SUMA ASEGURADA (Bs.)


15.000,00

ASEGURADA
PRIMA SOLIDARIA (Bs.)

ANUAL
SEMESTRAL
TRIMESTRAL
MENSUAL

Titular o Cónyuge
2.925
1.463
731
244




TARIFA DE SEGUROS FUNERARIOS






U.T.
Bs. F

COBERTURAS
ASISTENCIA FUNERARIA
263,16
23.684,40

PRIMA SOLIDARIA GLOBAL
Anual
0,59
53,10







TARIFA DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES




U.T.
Bs F

COBERTURAS
Muerte Accidental
789,48
71.053,20

Invalidez Permanente
789,48
71.053,20

Gastos Médicos
78,95
7.105,50

PRIMA SOLIDARIA GLOBAL
Anual
1,52
136,80














     
Población Asegurable: Aquella que comprende a los jubilados, jubiladas, pensionados, pensionadas, adultos y adultas mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades físicas y/o mentales y aquellas personas cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a Veinticinco Unidades Tributarias (25 U.T.) (es decir todas las personas que  tienen ingresos mensuales hasta Bs. 2.250,00.)



Solo puedes contratar una póliza de Seguro Solidario e incluir en dicha póliza a todos las personas que dependan económicamente de tu persona, lo cual esta establecido por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y será monitoriado a través del R.U.S.S. que es el mecanismo destinado a la recopilación de la información relacionada con las emisiones, renovaciones, suscripciones mínimas, siniestros, prestación de servicios y cualquier otra referida a los Seguros Solidarios.





Requisitos para la emisión de póliza solidaria:   Los requisitos  los puedes ver detalladamente en el link:
http://segurossolidarios.blogspot.com/2012/04/requisitos-para-la-emision-de-seguros.html
Es necesario la certificación del profesional competente, por ejemplo en caso de personas que tengan una enfermedad o discapacidad,  deben consignar una  certificación emitida  por el medico especialsta del I.V.S.S. para tener cobertura para dicha enfermedad o del CONAPDIS en caso de tener una discapacidad;  en el caso de las personas que tienen ingresos menores de Bs. 2.250,00 y son trabajadores  independientes deberán presentar una certificación de ingresos firmada por contador  colegiado.



Para las personas con discapacidad:

Deben acudir a las sedes de CONAPDIS o las oficinas habilitadas  para  orientación sobre la Calificación y posterior Certificación de Personas con Discapacidad.



Puedes ver en el siguiente link los Hospitales autorizados por CONAPDIS para emitir  la Calificacion de Persona con Discapacidad 


Aqui tienes los pasos para  obtener la CERTIFICACION de Persona con Discapacidad ante CONAPDIS


Para la consulta de los certificados otorgados a personas con discapacidad,  visita este link:
http://www.conapdis.gob.ve/cerdis/




Que hacer para contratar una póliza de seguro solidario?

Puedes  seleccionar la compañía aseguradora de tu preferencia  y solicitar información, allí te facilitarán  las planillas de solicitud de seguro solidario respectivas,  las cuales debes llenar cuidadosamente y sin omitir detalle de tu salud; sin embargo,   te recomiendo que ubiques a tu  intermediario  de seguros de confianza para que te asesore y facilite la información al respecto.

Consignar la planillas de solicitud  y la certificación correspondiente ante la aseguradora, quienes te emitirán las pólizas solicitadas en el transcurso de cinco (5) dias hábiles, las cuales debes pagar ante la taquilla de dicha empresa cuando te entreguen la póliza y el recibo respectivo 

Para asesorias de seguros y/o legales puedes ubicarme a través de mis números y  con gusto te atenderé. 



Tomado del link:
http://www.sudeseg.gob.ve/pdf/Gaceta_Oficial_39.762_%2021_09_2011.pdf
Mas información sobre seguros en:
  http://leydelactividadaseguradora.blogspot.com 
http://fecoprosemarymedina.blogspot.com/ 


MM 

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